Este logo, identifica a las empresas y comercios que de forma voluntaria han aceptado la mediación de la Junta Arbitral de Reclamaciones al Consumo, para dirimir los conflictos que puedan surgir con sus usuarios y consumidores, de forma amistosa y sin necesidad de acudir a los tribunales de justicia ordinarios.
Dichas empresas no pueden rechazar ninguna reclamación presentada ni negarse a someterse a la Junta Arbitral que actuara en todas las reclamaciones que reciba. También la Inspección de Consumo suele presentarse sin previo aviso, en la empresas reclamadas, para comprobar que cumple con todos los requisitos legales de atención al usuario.
Una vez reunidos los datos y hechas las alegaciones, se cita a las partes para el acto en el que la Junta Arbitral de Reclamaciones al Consumo se reúne para ver el asunto, tras lo cual la Junta dictara un Laudo que sera de obligado cumplimiento por las partes y tras el cual, a excepción de que existiera defecto de forma o procedimiento, no se podrá recurrir ante ningún otro tribunal de justicia.
La forma de reclamar es sencilla, cómoda y rápida, como podras ver en el siguiente enlace, como reclamar.
En las asociaciones de consumidores, en la oficina municipal de información al consumo O.M.I.C, o en la Consejería de consumo de tu administración autonómica, podrás encontrar toda la información necesaria para reclamar.
Los motivos pueden ser tan múltiples y dispares como lo es la actividad económica humana, por eso tanto las asociaciones de consumidores, como las colegios y asociaciones profesionales, nombran árbitros sectoriales y expertos en su especialidad profesional, que "aplicando su leal saber y entender" daran su opinion sobre el asunto.
Así el Colegio Arbitral se compone por un presidente/a nombrado por la Generalitat (poder autonómico correspondiente, Xunta, Junta, Comunidad etc.) y dos arbitros, uno por parte de los consumidores (asociaciones de consumidores y usuarios) y otro por parte del sector profesional correspondiente (colegios profesionales y asociaciones), que de forma colegiada e imparcial, intentaran lograr un acuerdo entre las partes y en caso de no existir esa posibilidad, emitirán un Laudo que a modo de sentencia dictaminara cual es el resultado del caso.
El Laudo resultante sera de obligado cumplimiento para las partes.
Por ultimo recordar la importancia de reclamar cuando consideres que merece la pena hacerlo, en cualquier caso no tienes nada que perder como consumidor y usuario, nadie te condenara por hacer una reclamación injustificada, en el peor de los casos no ganaras, es un derecho del consumidor que todos tenemos por ser ciudadanos de la Unión Europea, pero que necesita ser ejercido personalmente, cada vez que sea necesario.
Hoy he tenido que acudir ante la Junta Arbitral por motivos profesionales que no vienen al caso, como tenia previsto ir hoy, previamente reuní la información y documentación necesaria.
Así hoy he presentado una reclamación como usuario particular y consumidor, de la que conforme se vayan produciendo los acontecimientos procesales, ire dando cuenta en este blog, ya que considero que es información de interés publico, para un sector de población en el que cuento con muchos y buenos amigos.
Fogo tio:
ResponderEliminar¿no has tocado las pelotas ya a bastante gente?
¿A quien le toco ahora?
No es cuestión de tocar nada a nadie.
ResponderEliminarEs cuestión de tener razón y reclamar tus derechos.
Sin acritud pero con firmeza.
:)